Tesoreria
Cuenta Pública 2022 AYUNTAMIENTO DE HUEYAPAN DE OCAMPO
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FUNCIONES DE LA TESORERIA
I. Conceptos que deba percibir el Ayuntamiento, de conformidad con las disposiciones legales aplicables en materia de ingresos.
II. Dirigir las labores de la Tesorería y hacer que los empleados cumplan con sus deberes;
III. Participar con voz en la formación y discusión de los presupuestos;
IV. Ordenar y practicar visitas domiciliarias así como los demás actos y procedimientos que establezcan las disposiciones fiscales y el Código de Procedimientos Administrativos del Estado, para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados en materia de impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y aprovechamientos de carácter municipal;
V. Determinar y cobrar las contribuciones de carácter municipal, así como sus accesorios;
VI. Imponer las sanciones por infracción a las disposiciones fiscales y administrativas que rigen las materias de su competencia;
VII. Ejercer la facultad económico-coactiva a través del procedimiento administrativo de ejecución que establece el Código de Procedimientos Administrativos del Estado;
VIII. Informar al Ayuntamiento de los derechos que tenga a su favor el fisco municipal, para que sean ejercitados o deducidos por el Síndico;
IX. Cuidar de que los cobros se hagan con exactitud y oportunidad, siendo responsables de las pérdidas que se originen por falta de ellos en los casos que no haya exigido el pago conforme a la facultad económica coactiva;
X. Caucionar el manejo de los fondos o valores de propiedad municipal;
XI. Pagar las primas relativas a las fianzas suficientes para garantizar el pago de las responsabilidades en que pudiera incurrir en el desempeño de su encargo;
XII. Presentar, el primer día de cada mes, el corte de caja del movimiento de caudales del mes anterior con la intervención de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal. De este documento remitirán una copia al Congreso del Estado, así como a los Ediles que lo soliciten y, en su caso, contestar a éstos, por escrito y en el término de diez días hábiles, las dudas que tuvieren;
Art. 61 Fracc. 1 y 2 de la Ley General Contable
Art. 61 Ley General de Transparencia Fracc. 1 y 2 Ley General de Contabilidad
CUENTA PUBLICA 2015
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS TESORERIA 2018-2021
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS TESORERIA Rev.2-converted
PLAN ANUAL2019
SEGUNDO TRIMESTRE 2022
PLANTILLA DE PERSONAL 2022
CUENTA PUBLICA 2021
ACUSES
INFORMACION ADICIONAL
INFORMACION CONTABLE
INFORMACION FINANCIERA L.D.F.
INFORMACION PRESUPUESTAL
Transparencia 2024 “SEVAC “