TRANSPARENCIA 2014 – 2017

Información publicada de acuerdo al Capitulo II De las Obligaciones de Transparencia Comunes artículo 15 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Veracruz de Ignaciano de la Llave

Los sujetos obligados deberán publicar y mantener actualizada la información publica, de conformidad con los lineamientos que para el caso expida el Sistema Nacional, al inicio de cada año o dentro de los siguientes diez días naturales a que surja alguna modificación, de acuerdo con sus atribuciones y a disposición de cualquier interesado.

Declarativa de privacidad

Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en los Sistemas de Datos Personales de este H. Ayuntamiento, el cual tiene su fundamento en lo dispuesto en la Ley 581 para la Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz y demás disposiciones aplicables. Dichos datos se recaban con fundamento en los artículos 51, 58 de la Ley citada, 56, 64, 67, 74 de la Ley 848 de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave y se solicitan para efectuar todo tipo de trámites ante este Sujeto Obligado, procedimientos de acceso a la información pública, de rectificación, cancelación u oposición de datos personales y, eventualmente, para la substanciación y ejecución de los recursos de revisión y de reconsideración, por lo que únicamente serán utilizados para ello y para fines estadísticos y podrán ser transmitidos para el seguimiento y/o procedimiento en otras áreas administrativas dentro del mismo fin, además de otras transmisiones previstas en la ley 581 para la Tutela de los Datos Personales en el Estado de Veracruz. De este modo, se le informa que sus datos son resguardados con las medidas de seguridad de acuerdo a los niveles indicados dentro de los documentos de seguridad y no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la ley. Los responsables de los Sistemas de datos personales son los titulares de todas las áreas administrativas y el encargado del tratamiento de datos personales es el Servidor Público que se encarga de recabar los mismos Datos Personales. Las personas que están obligadas o facultadas a responder a las preguntas que le sean planteadas por el titular de los datos personales y la dirección donde podrá ejercer a los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como la revocación del consentimiento es la Unidad de Acceso a la Información del Ayuntamiento de Hueyapan de Ocampo, Ver., sita en la Calle Melchor Ocampo S/N, Colonia Centro Hueyapan de Ocampo, Ver., teléfono 294 94 503 63, y correo electrónico: UAIP_Hueyapan@hotmail.com o bien directamente al Instituto Veracruzano de Acceso a la Información, al teléfono: (228) 8420270 ext. 406; correo electrónico: contacto@verivai.org.mx o contactodatospersonales@verivai.org.mx, http://www.ivai.org.mx

Obligaciones de Transparencia 2014-2017
Fracción I

Fracción II

Fracción III

Fracción IV

Fracción V

Fracción VI

 Fracción VII

Fracción VIII 

Fracción IX

Fracción X

Fracción XI

Fracción XII

Fracción XIII 

 Fracción XIV

Fracción XV

Fracción XVI

 Fracción XVII 

 Fracción XVIII

Fracción XIX

 Fracción XX 

Fracción XXI

 Fracción XXII

 Fracción XXIII

Fracción XXIV

Fracción XXV 

 Fracción XXVI 

Fracción XXVII

Fracción XXVIII

Fracción XXIX

Fracción XXX

Fracción XXXI

Fracción XXXII

Fracción XXXIII

Fracción XXXIV 

 Fracción XXXV 

 Fracción XXXVI 

Fracción XXXVII 

Fracción XXXVIII 

Fracción XXXIX

Fracción XL

Fracción XLI 

Fracción XLII 

 Fracción XLIII

Fracción XLIV 

Fracción XLV

Fracción XLVI

Fracción XLVII

Fracción XLVIII

Fracción XLIX

Fracción L

Fracción LI

Fracción LII

Fracción LIII

Fracción LIV

 

CAPÍTULO III
DE LAS OBLIGACIONES TRANSPARENCIAS ESPECIFICAS

Artículo 16. Además de lo señalado en el artículo anterior, los siguientes sujetos obligados deberan poner a disposicion del publico y actualizar la siguiente informacion:

FRACCIÓN II. En el caso de los Municipios:

a) El Plan Municipal de Desarrollo;
b) Los objetivos, metas y acciones contenidas en sus
programas;

c) La Ley de Ingresos y el presupuesto de egresos;

d) El nombre, denominación o razón social y clave del registro
federal de los contribuyentes a los que se les hubiera
cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los
montos respectivos. Asimismo, la información estadística
sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;

e) La información detallada que contengan los planes de
desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los
tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción
otorgadas por los gobiernos municipales;
f) Las disposiciones administrativas, directamente o a través de
la autoridad competente, con el plazo de anticipación que
prevean las disposiciones aplicables, salvo que su difusión
pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr con
la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de
conformidad con dichas disposiciones;
g) El contenido de las gacetas municipales o de las
publicaciones que, bajo cualquier denominación, difundan las
actividades del Ayuntamiento y en las que deberán estar
comprendidos los resolutivos y acuerdos aprobados por el
mismo;
h) Las actas de sesiones de Cabildo y anexos, los controles de
asistencia de los integrantes del Ayuntamiento a las sesiones
de Cabildo y el sentido de su votación sobre las iniciativas o
acuerdos;
i) Estadísticas e indicadores del desempeño de los cuerpos de
policía municipal, salvo en el caso de que se celebre
convenio con el Estado para que éste se haga cargo en
forma temporal de dicho servicio público, en términos del

artículo 71, fracción X, de la Constitución Política del Estado.
En este caso dicha obligación será asumida por la Secretaría
de Seguridad Pública del Estado;
j) Las cantidades recibidas por concepto de multas, así como el
uso o aplicación que se les dé;
k) El calendario con las actividades culturales, deportivas y
recreativas, a realizar; y
l) El calendario con horarios, número de unidad y teléfonos de
servicio de recolección de basura.

FRACCIÓN III. En relación con los cuerpos de policía preventiva, tanto estatales
como municipales, los sujetos obligados deberán publicar,
además, la información siguiente:

 

 

a) Los mecanismos de supervisión policial y los medios para
in conformarse con un reporte de supervisión;
b) Los criterios y un informe anual de evaluación del
desempeño policial;
c) Los protocolos de uso de la fuerza, incidentes reportados de
oficio, incluyendo uso de armas letales y no letales;
d) Los lugares y medios de acceso para presentar quejas y el
formato para ellas, así como el plazo para su interposición;
e) Número, características y frecuencia de quejas sobre
incidentes de uso de la fuerza, en los órganos internos de la
policía, la disciplina administrativa, la justicia penal y la
revisión de las comisiones de derechos humanos, así como
las medidas adoptadas al respecto;
f) El plan de seguridad pública, incluyendo diagnóstico,
objetivos, líneas de acción e informe anual de evaluación de
instrumentación;
g) Las convocatorias, plazos, requisitos, formatos para
presentar postulaciones, exámenes y resultados de los
concursos de selección, así como los programas y resultados
de la capacitación inicial;
h) El programa de capacitación permanente;
i) Las convocatorias de ascensos, criterios, procesos de
decisión y criterios de separación del cargo; y
j) En su caso, la Gaceta Oficial que contenga el Decreto por el
cual el Gobierno del Estado asume el mando funcional y  operativo de los servicios públicos de seguridad pública y policía preventiva del municipio.

EJERCICIO 2017 FORMATOS DE EXCEL COMANDANCIA

LTAIPV16IIIA

LTAIPV16IIIB1

LTAIPV16IIIB2

LTAIPV16IIIC

LTAIPV16IIID

LTAIPV16IIIE

LTAIPV16IIIF

LTAIPV16IIIG (1)

LTAIPV16IIIG (2)

LTAIPV16IIIG

LTAIPV16IIIH

LTAIPV16IIIi

LTAIPV16IIIJ

 

 

 

 

Unidad de Acceso a la Información Pública
Lic. Gabriel Cobix Castellano
Titular de la Unidad
Tel.: 294- 94- 5-03-63

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